Normas referentes a las fotocopias en los Archivos Históricos de la OSG

Adoptada por el Comité de Archivos Históricos de los custodios el 30 de octubre de 2011

Se ha confiado a los Archivos Históricos de la Oficina de Servicios Generales la responsabilidad de salvaguardar la colección de documentos históricos, administrativos y organizativos de la Comunidad, así como otros materiales históricos que han sido recopilados desde que existe la oficina.

Las normas referentes a las fotocopias en los Archivos Históricos han sido establecidas para proteger la integridad física e intelectual de la colección. Además, el propósito de estas normas es el de proteger el anonimato y la privacidad de nuestros miembros y no miembros, y para cumplir con las leyes de copyright de los EE.UU. en la medida en que se aplican a la colección.

Las fotocopias de los materiales protegidos por copyright y otros materiales autorizados por la archivista serán proporcionadas según el criterio de Alcoholics Anonymous World Services, Inc. (AAWS, Inc.) dentro de los mínimos estándares de uso justo, para los fines de estudio personal, académico o investigación, y no para reproducción posterior. Se comprenderá que tendremos que rehusar cualquier solicitud de fotocopiar que, según nuestro criterio, pudiera suponer una violación de las leyes de copyright de los EE.UU.  A la persona que solicita las copias le corresponde la responsabilidad de obtener los derechos de uso de parte del titular del copyright. Si una persona hace una solicitud, o utiliza posteriormente, una fotocopia o reproducción de un documento para fines diferentes al “uso justo”, esa persona puede ser responsable de violación de copyright.

Los originales de la correspondencia y los manuscritos no publicados frecuentemente no pueden ser reproducidos por las razones siguientes:

  1. Prohibiciones o limitaciones debidas a las leyes de copyright.
  2. La necesidad de preservar el anonimato de las personas de acuerdo con las Tradiciones de A.A.
  3. Las expectativas de privacidad de las personas interesadas, o
  4. El estado físico de los documentos.

Las fotocopias de antiguos folletos y otras publicaciones solo estarán disponibles cuando el estado físico de los materiales permita hacer fotocopias. Puede ser que el estado físico, la fragilidad del material o la fragilidad del papel nos impida hacer fotocopias de estos materiales.

A.A.W.S., a su discreción, puede denegar la autorización para fotocopiar determinados materiales sensibles.

 

Normas de los Archivos Históricos de la OSG referentes a fotocopias/revisadas el 27 de enero de 2019